Que ingresen recursos a tu cuenta bancaria no siempre representa un inconveniente; sin embargo, si la cantidad es alta o no se reporta adecuadamente, el SAT podría interpretarlo como un ingreso no declarado. En días recientes, ha circulado información sobre que la autoridad fiscal tiene la facultad de imponer sanciones de hasta 35 mil pesos por no notificar determinados movimientos financieros, lo cual ha causado incertidumbre entre los contribuyentes.

LO QUE ESTABLECE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

Según el Artículo 90 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), las personas físicas tienen la obligación de declarar en su declaración anual todos los préstamos, donaciones o premios que hayan recibido a lo largo del año, siempre que el monto —ya sea de manera individual o sumando varios— exceda los 600 mil pesos.

En caso de que el contribuyente no reporte estos ingresos, el SAT puede clasificarlos como ingresos acumulables, lo que implica tratarlos como si provinieran de una actividad económica. Como resultado, podría exigir el pago del impuesto correspondiente o incluso iniciar un proceso de discrepancia fiscal.

Para las personas morales (empresas), la normativa es aún más rigurosa: si reciben aportaciones o préstamos en efectivo por montos superiores a 600 mil pesos, están obligadas a presentar un aviso ante el SAT dentro de los 15 días hábiles posteriores a la operación, conforme al Artículo 86-A de la misma ley. Este trámite debe realizarse mediante el formato oficial disponible en el sitio web del Servicio de Administración Tributaria.

DE DÓNDE SALE LA CIFRA DE 35 MIL PESOS

No existe una disposición que fije una multa exacta de 35 mil pesos por omitir movimientos bancarios, pero la cifra proviene de los rangos máximos de sanción establecidos en el Código Fiscal de la Federación y la propia LISR.

Las sanciones por incumplir con obligaciones informativas, como no declarar préstamos, donativos o premios, pueden ir desde los $16,000 hasta los $34,730 pesos, dependiendo del tipo de contribuyente y la gravedad de la omisión.

Por ejemplo, si el SAT detecta que una persona recibió depósitos que no declaró y no puede justificar su origen, además de la multa, puede requerir el pago de impuestos sobre esos montos y actualizar las cantidades con recargos e intereses.

QUÉ MOVIMIENTOS FINANCIEROS DEBES ACLARAR

El SAT puede requerir información cuando detecta operaciones que no coinciden con los ingresos reportados en tus declaraciones. Para evitar sanciones o revisiones, debes declarar los siguientes movimientos si superan los 600 mil pesos:

  • Préstamos recibidos, incluso si provienen de familiares o amigos.
  • Donativos, herencias o regalos de dinero.
  • Premios de sorteos, rifas o concursos.
  • Aportaciones en efectivo realizadas a una empresa o sociedad.

Si el dinero proviene del extranjero, también debe justificarse su origen, ya sea mediante comprobantes de transferencia o contratos de préstamo.

CÓMO EVITAR MULTAS DEL SAT

  • Declara todos los ingresos importantes, como préstamos, donativos o premios, si superan los montos establecidos.
  • Guarda comprobantes como contratos, transferencias, recibos o cartas que demuestren el origen del dinero.
  • Formaliza por escrito los préstamos o donativos, incluso entre familiares, para poder justificarlos ante el SAT.
  • Empresas deben reportar aportes o préstamos en efectivo mayores a 600 mil pesos en un plazo máximo de 15 días hábiles.
  • Consulta con un contador para asegurarte de cumplir con todas tus obligaciones fiscales y evitar errores.

Por José Almánza Director Editorial

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