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Si buscamos en la Constitución Mexicana cuáles son los derechos de toda persona imputada, el primer derecho que leeremos en el artículo 20, será el siguiente: A que se presuma su inocencia mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia emitida por el juez de la causa.

El derecho a la presunción de inocencia es un derecho humano básico de cualquier imputado, y uno que debe regir todo proceso penal. Este derecho es reconocido tanto a nivel nacional en nuestra Constitución, como a nivel internacional en la Convención Americana de Derechos Humanos, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, y el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos. Esto quiere decir que el Estado Mexicano está obligado no solo por la propia Constitución, si no en virtud de las diversas obligaciones internacionales contraídas, a respetar en todo momento el principio de presunción de inocencia de todas las personas que se encuentren acusadas de un delito.

No obstante lo anterior, el Presidente López Obrador anunció la creación de una nueva sección para sus conferencias de prensa matutinas: dar a conocer en dichas conferencias a las personas que han sido detenidas por crímenes ocurridos en contra de los ciudadanos. Esta práctica no solo es populista e ineficiente para efectos de seguridad pública, sino que es completamente violatoria al derecho a la presunción de inocencia.

La propia Corte Interamericana de Derechos Humanos ya se ha pronunciado en este sentido, afirmando que el derecho a la presunción de inocencia exige que el Estado no condene informalmente a una persona o emita juicio ante la sociedad, contribuyendo así a formar una opinión pública, mientras no se acredite conforme a la ley la responsabilidad penal de aquella.

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Exhibir ante los medios de comunicación a una persona que no ha sido sentenciada, provoca que se genere un juicio mediático y que se les sentencie ante la opinión pública, independientemente de que después no se acredite su responsabilidad en el delito y sea absuelta. El simple hecho de exhibir a personas como culpables (peor aún en un medio tan visto como son las conferencias matutinas del Presidente de la República) puede traer gravísimas consecuencias para la persona, así como para su entorno familiar, social, económico y laboral. Esta práctica afecta profundamente la intimidad y vida privada de las personas, el derecho a su honra y reputación, así como el derecho de proteger sus datos personales. Las personas exhibidas son estigmatizadas como delincuentes, sin que haya existido un juicio en su contra o hayan sido condenadas por algún delito.

¿Qué pasará si el día de mañana alguna de las personas exhibidas en la conferencia matutina resulta inocente? ¿qué pasa con todas las personas que ya vieron su rostro en los medios de comunicación, siendo exhibido como probable responsable? ¿qué pensarán los vecinos de esta persona, su familia, su comunidad? ¿qué pasará con sus hijos, qué pensarán de ellos sus amigos, sus maestros, quién va a querer a estos niños de compañeros en la escuela? ¿qué banco le dará un crédito? ¿quién le dará un empleo si el mismísimo Presidente lo señala como probable responsable de un delito?

En casos anteriores, las autoridades se han excusado argumentando que ésta práctica promueve la cultura de la denuncia. Sin embargo, nunca se ha demostrado ni aportado evidencia alguna de que efectivamente esto sea así, ni tampoco de que esto contribuya al éxito de las investigaciones, sino que muy por el contrario, sí hay evidencia de que esto puede llegar a viciar la investigación al afectar el debido proceso. Lo que sí promueve esta práctica, es la estigmatización de las personas exhibidas, y la falsa sensación de que se hizo justicia.

Código Nacional de Procedimientos Penales Federal
Artículo 13. Principio de presunción de inocencia

Toda persona se presume inocente y será tratada como tal en todas las etapas del procedimiento, mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia emitida por el Órgano jurisdiccional, en los términos señalados en este Código.

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Este tipo de prácticas contribuyen a alimentar el discurso de que las detenciones y privaciones de la libertad, son sinónimos de justicia, cuando la realidad es que el que se haga justicia implica mucho más que un par de personas detenidas.

Espero que el Presidente recapacite sobre esta medida, pero si no lo hace, valdría la pena realizar un análisis de cuántas personas que exhiba dentro de esta nueva sección, resultarán sentenciadas. Cuántas víctimas de los crímenes cometidos por estos supuestos delincuentes, recibirán una indemnización, a cuántas de estas víctimas se le garantizará el derecho a la verdad, a la justicia, a la reparación del daño. En el caso contrario, valdría la pena ver que pasará si estas personas son absueltas por los tribunales. ¿Qué nos dirá el Presidente entonces?

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Como sociedad es hora de que exijamos soluciones realistas y efectivas para combatir la inseguridad. No podemos dejarnos llevar por este tipo discurso populista que de nada servirá para reducir la delincuencia, ni contribuirá a que podamos vivir en paz.]]>

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Por José Almánza Director Editorial

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